COLEGIO NACIONAL DE ÓPTICOS – OPTOMETRISTAS, 1ª DELEGACIÓN
28006 Madrid
Tel.: 91 401 50 29
https://colegioopticosoptometristas.es
LA PROFESIÓN
Óptico-Optometrista es el profesional sanitario formado y autorizado legalmente para determinar el estado funcional de la visión.
La Ley de Ordenación de las profesiones sanitarias les atribuye las funciones básicas “dirigidas a la detección de los defectos de la refracción ocular, a través de su medida instrumental, a la utilización de técnicas de reeducación, prevención e higiene visual, y a la adaptación, verificación y control de las ayudas ópticas” (art. 7.2.e), además de las proporcionadas por su titulación y competencia específica, que no estén exclusivamente atribuidas a otra profesión por una ley estatal.
El Óptico-Optometrista ha de ser Graduado/a en Óptica y Optometría y estar incorporado como Colegiado Ejerciente al Colegio de Ópticos-Optometristas.
Encontramos Ópticos-Optometristas en los ámbitos asistencial, investigador, docente, de gestión, de prevención y de información y educación sanitarias.
HISTORIA
Por Decreto 356/1964, de 12 de febrero, se crea el Colegio Nacional de Ópticos, como corporación profesional con plena personalidad jurídica. Es por tanto una asociación relativamente joven. En 1979 se produce otro de los hitos más importantes en la constitución de esta institución: la aprobación de sus estatutos. Más recientemente, en el año 1997, el Colegio Nacional de Ópticos amplía su denominación a Ópticos-Optometristas. Este colegio cuenta con distintas delegaciones regionales, la Comunidad de Madrid pertenece concretamente a la Primera Delegación Regional.
ACTUACIONES Y COMPETENCIAS
- Representar ante los poderes públicos y los tribunales a la profesión de óptico-optometrista.
- Ordenar en su ámbito territorial la actividad profesional de los ópticos-optometristas.
- Informar preceptivamente los proyectos de ley o disposiciones de cualquier rango relativas a la profesión.
- Ejercer cuantas funciones le encomiende la Administración, de acuerdo con sus fines.
- Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados, impidiendo la competencia desleal entre los mismos.
- Aprobar los honorarios profesionales, de forma orientativa.
- Formación continuada.
- Colaborar en la eliminación del intrusismo profesional.
- Intervenir en vía de conciliación o arbitraje en las cuestiones que se susciten entre los colegiados.
- Tratar de conseguir el mayor nivel de empleo de los colegiados.
- Organizar en su ámbito, actividades y servicios comunes de interés para los colegiados.
- Facilitar a los tribunales la relación de colegiados que pueden intervenir como peritos.
JUNTA DE GOBIERNO
Presidente: | Don Juan Carlos Fraguas Izquierdo |
Vicepresidente: | Don Alberto Barroso Rubio |
Secretario: | Don José Antonio Aranda Muñoz |
Tesorera: | Dª Consuelo García Parra |
Contadora: | Dª Celia Rubio Ortega |
Vocal Colegiado No Ejerciente: | Don Santiago Escandón García |
Delegado Provincial de Albacete: | Don Francisco de Paula Díez Núñez |
Delegada Provincial de Badajoz: | Dª Melodi González Pulido |
Delegada Provincial de Cáceres: | Dª Eva María Martín González |
Delegado Provincial de Ciudad Real: | Don Manuel Calatrava Muñoz |
Delegado Provincial de Cuenca: | Don Pedro Notario Quintero |
Delegado Provincial de Guadalajara: | Don Antonio Carlos García Ruiz |
Delegado Provincial de Madrid: | Don Juan Carlos Fraguas Izquierdo |
Delegado Provincial de Toledo: | Dª Francisca Begoña Santos Esteras |