ILUSTRE COLEGIO NOTARIAL DE MADRID

Calle Ruiz de Alarcón, 3
28014
Madrid
https://madrid.notariado.org/

LA PROFESIÓN

Los notarios, en nuestra doble condición de funcionarios públicos y profesionales del Derecho, ofrecemos seguridad jurídica a los ciudadanos y las empresas, una garantía constitucional recogida en el artículo 9 de la Carta Magna.

Nuestra misión es redactar documentos públicos teniendo en cuenta la voluntad de los otorgantes, que indagamos y adecuamos al ordenamiento jurídico español, europeo e internacional. Pero, además, asesoramos en todas las decisiones civiles y mercantiles que se adoptan, con la finalidad de que las actuaciones de empresas y particulares se ajusten a sus necesidades e intereses.

En este momento hay casi 3.000 notarios repartidos en España, de los cuales 331 ejercen su labor en la Comunidad de Madrid.

HISTORIA

La actual configuración de los Colegios Notariales  en España procede de la Ley del Notariado 28/05/1862, y sus competencias  se regularon  con mayor  precisión  a partir  del Reglamento Notarial  de 1944 y posteriores reformas, la última  más importante del año 2007.

ACTUACIONES Y COMPETENCIAS

  1. Ostentar en su ámbito de representación y defensa de la profesión notarial ante la Administración, Instituciones, Tribunales, Entidades y Particulares.
  2. Ordenar en su respectivo ámbito territorial la actividad profesional de los notarios en las siguientes materias: correcta atención al público, tiempo y lugar de su prestación, concurrencia leal y publicidad, continuidad de la prestación de funciones, incluso en días festivos y periodos de vacaciones.
  3. Adoptar medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional.
  4. Conciliar las postura de los colegiados.
  5. Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las Leyes generales y especiales, el Reglamento Notarial, los Reglamentos de régimen interior, así como las normas adoptados por los Órganos jerárquicos competentes.
  6. Los Colegios Notariales se rigen por la Legislación Notarial y el Reglamento Notarial tiene el carácter de regulador de la actividad pública notarial.
  7. Cada uno de los notarios de España habrá de estar integrado, con carácter exclusivo en el Colegio a cuyo territorio pertenezca la población de su residencia reglamentaria.
  8. Son órganos de los Colegios la Junta general, la Junta Directiva y el Decano.
  9. El Decano ostenta la representación del Colegio.

JUNTA DE GOBIERNO

Decano:D. José Ángel Martínez Sanchiz
Vicedecana:Dª. Concepción Pilar Barrio del Olmo
Secretaria:Dª Mercedes Pérez Hereza
Tesorero:D. Manuel Lora-Tamayo Villacieros
Censor 1º:D. Vicente de Prada Guaita
Censor 2º:D. Francisco López Colmenarejo
Censor 3º:D. Juan Kutz Azqueta
Censor 4º:D. Pedro Armas Omedes
Censor 5º:D. Plácido Barrios Fernández

Business Information

Business Sector: Jurídico - Económico
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D. Fernando Marco de la Hoz
oficialmayor@madrid.notariado.org
912 13 00 11