INFORME SOBRE EL ESTADO DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN ESPAÑA 2011 (ÚLTIMO RESUMEN EJECUTIVO SOBRE LA SITUACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN ESPAÑA)
Durante el año 2011 se ha mantenido la tónica de descenso de la siniestralidad laboral que se inició en el año 2001 y que, coincidiendo con el inicio de la crisis económica, se aceleró a partir de 2008 llevando a una disminución del 45% en el número de accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo entre 2007 y 2011.
Siendo esta evolución claramente positiva, no debe hacernos olvidar que en los últimos cuatro años la cifra de accidentes sin baja se ha mantenido prácticamente constante, y en la actualidad ya supera en más de un 50% a la de los accidentes con baja. Ello demuestra que los riesgos a los que están expuestos los trabajadores no se reducen tan aprisa como da a entender la evolución de la cifra de accidentes con baja y pone de manifiesto la necesidad de no relajar la acción preventiva porque, si los riesgos siguen estando presentes, los daños a la salud, grandes o pequeños, seguirán produciéndose.
La evolución de las enfermedades profesionales ha sido menos favorable, pues su cifra permanece estancada desde hace varios años, no habiéndose apreciado el aumento de su detección que el nuevo cuadro aprobado en diciembre de 2006 parecía hacer esperar. La excepción a la regla los constituyen los cánceres profesionales que, aun manteniéndose muy por debajo de las estimaciones de los expertos, han pasado de ser menos de una decena en 2006 a 77 en 2011.
En el ámbito normativo es destacable la publicación del Real Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención cuyo objetivo es el de establecer los requisitos técnicos y los recursos humanos y materiales que se exigirán a los servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales para su autorización y para el mantenimiento de los estándares de calidad en su funcionamiento.
Al margen de los aspectos prácticos que regula el real decreto, cabe destacar el refuerzo conceptual de la vigilancia de la salud como labor específica de protección de la salud de los trabajadores en relación con su trabajo, pues dispone que “Con carácter general,… no se incluirán entre las actividades sanitarias desarrolladas por los servicios sanitarios de los servicios de prevención la realización de exploraciones y pruebas no relacionadas con los riesgos laborales específicos de las tareas asignadas a los trabajadores o con riesgos inespecíficos que puedan dar lugar a agravar patologías previas” por lo cual, “toda prueba o exploración deberá acompañarse de la mención explícita del riesgo o problema de salud asociado a la actividad laboral que se pretende examinar”.
De gran importancia es la publicación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social que, entre otras novedades no menos importantes, ha establecido en su artículo 96 un nuevo principio sobre la carga de la prueba en los procesos sobre responsabilidades derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en los que “corresponderá a los deudores de seguridad y a los concurrentes en la producción del resultado lesivo probar la adopción de las medidas necesarias para prevenir o evitar el riesgo, así como cualquier factor excluyente o minorador de su responsabilidad”.
Muy importante es también la mención a la salud laboral que hace la Ley 33/2011 de Salud Pública, que en su preámbulo establece que “La promoción y protección de la salud laboral, así como la prevención de los factores de riesgo en este ámbito, deben ser contempladas en la cartera de servicios de la salud pública” y en el artículo 32 concreta que “La actuación sanitaria en el ámbito de la salud laboral se desarrollará de forma coordinada con los empresarios y los representantes de los trabajadores”.
La Estrategia 55 y más, publicada mediante Resolución de 14 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Empleo es particularmente relevante en relación con la salud laboral, ya que incluye medidas destinadas a elevar la tasa de empleo y reducir el desempleo del colectivo de mayores de 55 años, y contribuir a la prolongación de su vida laboral, mejorando las condiciones de trabajo, especialmente lo relativo a la seguridad y salud laboral.
Finalmente, señalaremos que el año 2011 se enmarca en el tercer y último plan de ejecución de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, que finaliza el año 2012. En 2011 se han realizado acciones en el ámbito de todos y cada uno de los objetivos operativos que la componen, que son detalladas en los capítulos correspondientes de este informe.