JORNADA: “ESTADO ACTUAL Y FUTURO DE LA FORMACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES”

Date: Jun 15, 2010

El pasado día 15 de junio la Comisión de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) de la Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid (UICM), celebró una mesa redonda en la que participaron representantes del Ministerio de Educación y Ciencia, de las Universidades Rey Juan Carlos, Carlos III, UDIMA y San Pablo-CEU, y de la propia Comisión de PRL.

En  la  jornada  se  pusieron  de  manifiesto,  tanto  la  reglamentación  actual  como  los borradores existentes de los futuros Reales Decretos, entre ellos, el borrador de Real Decreto de Adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva a la comunidad universitaria y de regulación de la formación superior en Prevención de Riesgos Laborales, la modificación del Reglamento de los Servicios de Prevención a través del Real  Decreto  337/2010,  de  19 de marzo  (por el que se modifican  el Real  Decreto 39/1997,  de 17 de enero,  por el que se aprueba  el Reglamento  de los Servicios  de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006,  de  18  de  octubre,  reguladora  de  la  subcontratación  en  el  sector  de  la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción) y el Proyecto de RD  que  modificará  al Real  Decreto  1393/2007,  de  29  de  octubre,  por  el que  se establece  la ordenación  de las enseñanzas  universitarias  oficiales.  De este  último, cabe destacar el artículo 6 que modifica la letra c) del artículo 13 y abre la puerta a posibles  convalidaciones  en  función  de  la  experiencia  y  otras  formaciones universitarias.

El representante del Ministerio de Educación nos trasladó que en el futuro Real Decreto de Adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva a la comunidad universitaria y de regulación de la formación superior en Prevención de Riesgos Laborales quedará establecido que:

  • A partir del 31 de diciembre de 2009 la acreditación se efectúa por la Universidad.
  • Los únicos títulos válidos serán los de:
    • Grado
    • Master
    • Doctorado
  • Es potestad de cada Universidad elaborar cualquiera de estos títulos universitarios. Actualmente, en la Universidad sólo pueden obtenerse los títulos de Master o Doctor ya que está establecido que para su acceso es necesario tener previamente un título universitario.
  • La  verificación  de  un  Master  por  la  ANECA  está  basada  en  el  contenido establecido en el Anexo VI del RD 39/97.

Asimismo, el representante del Ministerio de Educación recordó que actualmente el proceso de verificación de un plan de estudios pasa por:

  1. La Universidad prepara la memoria de la formación y la envía al Consejo de Universidades.
  2. El Consejo de Universidades ve su idoneidad y envía a la ANECA.
  3. La ANECA evalúa la propuesta y emite la correspondiente verificación oficial.

Por otro lado, también informó que:

  • Se está preparando una modificación del recientemente aprobado Real Decreto 337/2010, en la que se dejará claro que sólo pueden ser válidos los Títulos OFICIALES, es decir, los verificados por la ANECA, excluyendo así a los Títulos Propios de las Universidades. Por otro lado, dicha modificación establecerá que sólo podrán impartir estos estudios las Universidades.
  • Para acceder al Doctorado se deberá haber cursado un Master con perfil investigador, dado que, actualmente no todos tienen dicho perfil y ni el número de créditos necesarios.
  • Se prevé que este borrador de Real Decreto de Adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Universidad, de promoción y extensión de la cultura preventiva a la comunidad universitaria y de regulación de la formación superior en Prevención de Riesgos Laborales sea aprobado por el Consejo de Ministros en el plazo de tres meses.
  • Dicho borrador de RD también será el mecanismo para impulsar la Prevención de Riesgos Laborales de una forma trasversal en todas las titulaciones oficiales universitarias. Asimismo, se establecerá que cada proyecto de investigación en la Universidad tenga un estudio de prevención de riesgos antes de ser aprobado para su ejecución.

Por otro lado, todos aquellos  profesionales  que están ejerciendo  la profesión  con el Master acreditado por las Consejerías de Trabajo de las diferentes Comunidades Autónomas, podrán seguir ejerciendo según se estableció en el Real Decreto 337/2010 en su disposición adicional primera. No obstante, lo anterior no se les considerará como nivel educativo de Master. Todos aquellos que estimen conveniente tener un Master Universitario en esta materia deberán cursar cualquier de los Master acreditados. Ahora bien, el proyecto de RD que modificará el Real Decreto 1393/2007 abre las puertas a posibles convalidaciones, aunque se insiste en que todavía es un borrador.

Por su parte, los representantes de las diferentes Universidades abordaron los aspectos destacados de la formación y la acreditación. Se generó un debate sobre la viabilidad de establecer  un Grado o dejar la formación  en Prevención  de Riesgos Laborales en el post-grado. Como bien se aclaró, esto es un debate a futuro porque según la legislación actual, sólo está abierta la puerta a los títulos de post-grado.

También  se  insistió  en  que  cada  Universidad  tendría  la  potestad  de  establecer  el contenido final de sus títulos, siempre que al menos cumpla con los contenidos básicos marcados en el Real Decreto 39/1997.

Por  otro  lado,  se  comentó  que  el  paso  de  la  formación  del  Técnico  Superior  en Prevención de Riesgos Laborales a la Universidad será una oportunidad para dignificar la profesión, estando ahora en su ámbito el llevar a cabo una formación acorde a las necesidades del mercado y los profesionales.

En resumen:

  • Los  técnicos  que  ejercen  actualmente  podrán  continuar  con  su profesión  sin necesidad de hacer ninguna formación adicional o convalidación.
  • Sólo  existirán,  al  menos  por  ahora,  la  titulación  de  Master  o  Doctorado  en Prevención  de Riesgos Laborales  impartida  por una Universidad  y acreditada por la ANECA.
  • En un futuro existe la posibilidad de reconocer la experiencia y convalidarla por créditos universitarios, pero eso es actualmente sólo un borrador.
  • Los Masters podrán dar acceso al doctorado o no, en función del contenido de los mismos, eso si, todos ellos deberán tener al menos el contenido establecido en el Real Decreto 39/1997.

Se entregó en la jornada, a fecha de 15/6/2010, un documento en el que figuran las Universidades que tienen acreditado en la ANECA un Master en Prevención de Riesgos Laborales.  En total son 29 Universidades  de las cuales 4 están en la Comunidad  de Madrid, éstas son:

  • UDIMA (Universidad a Distancia de Madrid)
  • Universidad Europea de Madrid
  • Universidad Rey Juan Carlos
  • Universidad San Pablo-CEU

F. Cano
Comisión de PRL – Unión Interprofesional de la Comunidad de Madrid